En el umbral del día, amanece bonito un 20 de diciembre distinto

DSC02910

Todo es como un día cualquiera pero hoy es domingo. Algunas personas en la calle, colegios que hoy no se abren para enseñar sino para que la gente acuda a depositar su voto: “son elecciones generales y voy a votar” comenta un vecino que madruga para cumplir con un derecho y “también una obligación”, me insiste. Continuar leyendo «En el umbral del día, amanece bonito un 20 de diciembre distinto»

La importancia del Rey en las elecciones generales

Antonio Manzano publica en MagazineOne un excelente artículo donde pone de relieve la importancia del Jefe del Estado como responsable máximo de dar cumplimiento a nuestra Constitución

Cuando el próximo 20 de diciembre cierren los colegios electorales y conozcamos el resultado, todavía no sabremos quién va a gobernar España durante los próximos cuatro años, el Rey tendrá que intervenir. En realidad, las elecciones generales sólo son el primer paso de todo un proceso constitucional que desembocará en la formación de un nuevo Gobierno, y en el que el Rey será protagonista. ¿Por qué es tan importante su papel después del 20-D?

El domingo 20 de diciembre, los españoles deciden encomendar la política nacional de los próximos cuatro años a aquellos representantes que, para su personal concepción de la política, les ofrezcan mayores garantías para el bien común.
El acto breve de la votación es el resultado de un proceso, más o menos reflexivo, intuitivo, etc. de selección y elección en el que el ciudadano baraja personas, propuestas, suposiciones, esperanzas… análisis de lo realizado, con sus éxitos y sus fracasos, etc.
A partir de la introducción de los sobres en las urnas, o de la abstención, se desencadena un proceso que conduce a que, en su momento, el Gobierno actual ceda sus responsabilidades al nuevo. Dicho proceso sigue una serie de pasos constitucionales.
Efectivamente, la Constitución de 1978 marca qué ha de suceder una vez finalice el recuento definitivo de los votos emitidos por los españoles, en persona y por correo, y después de que se solventen las incidencias que se hayan producido.

El protagonismo del Rey

Para que España tenga un nuevo Gobierno, el Rey tiene un papel importante. Con su firma, ya disolvió las Cortes Generales y convocó las elecciones de este día 20. Y su participación continúa.
Dentro de lo trascendentales que son los pasos del largo proceso de renovación del Ejecutivo, el mandato del artículo 62, d de la Constitución encomienda al Rey la responsabilidad de ‘Proponer el candidato a Presidente del Gobierno’. ¿Cómo lleva a cabo esta propuesta? ¿Y a quién?
La Constitución establece, en su artículo 99. 1 que, antes de su intervención, ha de formarse el nuevo Congreso de los Diputados como consecuencia de las elecciones. Y el siguiente hito es que se constituyan, en su seno, los diferentes ‘grupos políticos’, a cuyo frente ha de haber unrepresentante.
A partir de entonces, el Rey Felipe irá recibiendo separadamente a todos los representantes, con los que mantendrá conversaciones y consultas para acabar disponiendo la información necesaria en la que fundamentar su propuesta.
Hasta ahora, las elecciones parlamentarias han venido ofreciendo resultados que permitían configurar dicha propuesta con relativa facilidad, gracias a la preponderancia de los dos grandes partidos de ámbito nacional y al respaldo que los españoles les daban. Sin embargo, la situación actual es diferente pues, a la espera de los resultados reales, a tenor de las últimas encuestashay varias combinaciones posibles para el apoyo, abstención o rechazo, de unos grupos a otros, a la hora de lograr que sus candidatos alcancen la gobernabilidad.
Ésa es la dificultad más delicada en este momento. Pero el Rey acabará identificando, de entre todos los posibles, al candidato que considere el adecuado para Presidente de Gobierno, decisión que deberá comunicar al nuevo Presidente del Congreso.

El candidato ante el Congreso

Esta situación da paso a otra de las fases en la que, de acuerdo con el artículo 99.2 de la Constitución, el candidato expone al Congreso de los Diputados su programa político para la legislatura, que será sometido a debate y, en su caso, a aprobación.
Si, una vez escuchado y debatido, el programa se vota y la mayoría absoluta los diputados lo aprueba, significa que el candidato recibe la confianza del Congreso. Pero si no obtiene tal respaldo, a las 48 horas se repite la votación y, en esta ocasión, el requisito es la obtención de la mayoría simple de votos.
Sin embargo, puede pasar que el candidato tampoco logre que los diputados le den un apoyo suficiente, en cuyo caso, el proceso vuelve a empezar. El Rey tendrá que llevar a cabo nuevas rondas de consultas con los representantes de los grupos políticos del Congreso. Tras ellas, el Rey presentará a su segundo candidato, que volverá a ser sometido a la confianza del Congreso en primera opción -y si hace falta en segunda, como ya hemos explicado-.
Este proceso se repetirá cuantas veces haga falta hasta que el Congreso apruebe al candidato. Pero si transcurren dos meses sin que los sucesivos candidatos a Presidente del Gobierno merezcan la confianza del Congreso, el Rey Felipe VI disolverá las Cortes –Congreso y Senado- y convocará la celebración de unas nuevas elecciones generales.

El Rey nombra al presidente del Gobierno

De acuerdo al procedimiento expuesto, el Congreso acabará otorgando, más pronto o más tarde, un apoyo suficiente al candidato que el Rey le haya presentado. Será entonces cuando el Rey le nombre Presidente. A continuación, éste deberá presentar a Su Majestad los nombres de los demás miembros del Gobierno – vicepresidentes, ministros-, a fin de que reciban sus nombramientos de manos del Rey.